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Convocatoria a Asamblea General Ordinaria

Posted: 5 diciembre, 2016 a las 14:48   /   by   /   comments (0)

 CLUB ATLÉTICO PROVINCIAL

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA 

15  de Diciembre de 2016 – 19,00 hs.

De conformidad  con los artículos 36º inciso b), g), l), m), y r); 52 y 53 incisos a), b) y c) del Estatuto Social, se convoca a los señores asociados del Club Atlético Provincial de Rosario a Asamblea General Ordinaria, sita en Bv. 27 de Febrero 2672, la que tendrá lugar en Bv. 27 de Febrero 2672, el día 15 de Diciembre de 2016 a las 19,00 hs. en primera convocatoria, y a las 20 hs. en segunda convocatoria a efectos de considerar el siguiente

ORDEN DEL DÍA

1°) Designación de dos asociados presentes para que, conjuntamente con la Presidente, Secretario y  Secretario de Actas, redacten, aprueben y firmen el Acta de ésta Asamblea.

2°) Consideración de la Memoria, Inventario, Balance General y Gestión correspondiente al 113 ejercicio de la Institución.

3°) Consideración aprobación o modificación del Presupuesto de Gastos y Estimación de Recursos correspondientes al ejercicio 2016/2017.         

            Sr. Dario Pasinato                                          Dr. Sebastian Franco

                      Secretario                                                                 Presidente

 

DEL ESTATUTO

Art.12° Son derechos de los asociados:

 inciso b):  Formar parte de la Junta Directiva o de la Comisión Fiscalizadora, siempre que sean mayores de 21 años de edad y tengan una antiguedad ininterrumpida no menor de tres (3) años en la categoría de asociados activos o estar comprendidos en la categoría de asociados vitalicios.

 inciso c): Tomar parte en las Asambleas, con voz y voto, siempre que tengan 18 años de edad, una antiguedad no menor de dos años y estén al día con Tesorería, entendiéndose como tal tener abonada, por lo menos, la cuota del mes anterior.

inciso c) in fine: Para ejercer el derecho a voto en los actos eleccionarios, el asociado deberá estar incluido en el padrón electoral.

Art.57°: No pudiendo tener lugar la Asamblea por falta de quórum en la primera convocatoria, se celebrará con el número de asociados que concurran después de transcurrida una hora de la fijada para que tenga lugar la primera.

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